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CONTPAQi® Nóminas liberación versión 15.3.1

CONTPAQi® Nóminas liberación versión 15.3.1

Vacaciones, IMSS Cesantía y vejez, Salarios mínimos, ISR, resumen de mejoras incorporadas



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Diciembre 30, 2022 | 10:00 am

La versión de CONTPAQi® Nóminas 15.3.1 está disponible para descarga e instalación desde el día 30 de Noviembre, las mejoras son muchas pero aquí te dejo un resumen:

Reforma LFT en materia de vacaciones

A partir de esta versión CONTPAQi® Nóminas, está preparado para el nuevo cálculo de vacaciones con base a la nueva reforma fiscal. El cálculo de las vacaciones continúa tal cual como lo conocemos actualmente, sin embargo, el cambio en nuestra fórmula, es el Factor de integración que se tomará dependiendo la antigüedad que que tenga el empleado en la empresa.

Existirán dos casos a considerar:

  1. Días reforma entrada en Vigor - Empleados que ingresen a laborar del 1 de enero 2023 en adelante - Se calcularán los días de vacaciones con base a la tabla Prestaciones de Ley en vigor del 01/01/2023
  2. Días proporcionales - Empleados que tienen antigüedad anterior al 1 de enero 2023 - Se calculará la parte proporcional a los días de vacaciones que corresponden al ejercicio 2022 con base a la tabla Prestaciones de Ley en vigor del 01/01/1970

A partir de esta versión, derivado de las nuevas reformas de vacaciones, fue necesario actualizar la tabla NOM10051 con los registros de antigüedad, esto con la finalidad de que las nuevas tablas y columnas de prestaciones sean integradas en la apertura de la empresa, así como en la creación de nuevas empresas. Al abrir empresas provenientes de versiones anteriores a la 15.3.1 de CONTPAQi® Nóminas, se ejecutará el convertidor de empresa y se agregarán los nuevos campos, así como los 45 registros en la tablas de prestaciones.

Al ingresar al Catálogo de empresas en la pestaña Generales, se incluye un nuevo campo Días de vacaciones, en el cual podrás elegir la opción para calcular los días de vacaciones del empleado con base uno de los dos casos mencionados a considerar.

En el menú Catálogos - Empleado, en la pestaña Sueldos y salarios, al presionar el botón Calcular SDI (F10), este se calculará tomando en cuenta las prestaciones de acuerdo a su fecha de entrada en vigor o fecha de inicio de vigencia.

Las tablas de prestaciones mostrarán la fecha de entrada en vigor de los importes mostrados, además, se incluye una tabla "De_Ley" para guardar los importes de prestaciones de ley, la cual no será editable. En el menú Tablas - Tabla de Prestaciones, dentro del Catálogo de tipo de prestaciones, al hacer clic en el botón Catálogo podrás Importar o Exportar las tablas de prestaciones existentes o provenientes de otra empresa.

Al ingresar al Kárdex de vacaciones, dentro del sobre-recibo en la pestaña 8. Vacaciones, se calculará la parte proporcional de los días de vacaciones del año en curso de acuerdo con las prestaciones que tenga el trabajador y la fecha de vigencia de las prestaciones que haya tenido desde su último aniversario laboral.

En el Proceso Modificación de SBC (Parte Variable / Parte Fija por Aniversario Laboral), para el cálculo del Salario Diario Integrado (SDI) considera la prestación de acuerdo a la vigencia de la tabla de prestaciones y la fecha inicial del periodo vigente del tipo de periodo que tenga asignado el empleado.

El proceso de Incremento de salarios, al calcular el Salario Diario Integrado (SDI) considera la prestación de acuerdo a la vigencia de la tabla y la fecha de aplicación del incremento.

En el proceso de Finiquito, el concepto de Vacaciones pendientes además de considerar la parte proporcional de los días de vacaciones del año en curso, se calcula de acuerdo con las prestaciones que tenga el empleado y la fecha de vigencia de las prestaciones que haya tenido desde su último aniversario laboral.

El reporte Vacaciones pendientes por empleado, puede darte los valores correspondientes según la nueva tabla que entra en vigor el 01/01/2023.

Cuenta con nuevas plantillas actualizadas para contratos con las prestaciones de vacaciones que entrarán en vigor el 01 de enero de2023.

 

IMSS Cesantía y Vejez

Al ingresar a CONTPAQi® Nóminas, el sistema identificará que esté disponible una actualización de las tablas de Cesantía y Vejez con fecha de inicio de vigencia 01/01/2023.

Cotizador CONTPAQi

Salarios Mínimos 2023

Se agrega el nuevo salario mínimo que tendrá vigencia a partir del 01 de enero de 2023.

Al incrementar el SMG zona centro, se detectó una problemática de la retención en los trabajadores que sólo ganan el Salario Mínimo, que puede provocar diferencias a pagar en la declaración anual de sueldos y salarios del 2023, verifica este documento y analiza el impacto para evitar que los trabajadores caigan en retenciones elevadas el siguiente año.

 

ISR

A partir de esta versión, el sistema realizará la actualización de las tablas de ISR y Subsidio mensuales, mediante un mecanismo que ya no requiere una actualización del sistema para cada ocasión, si no que estará buscando actualizaciones en Internet, y al encontrar alguna, la actualización se realizará de manera automática.

 

Otras mejoras

Se liberan otras mejoras relacionadas con:

  • El catálogo de empleados
  • El proceso de incremento de salarios mínimos
  • El reportes de vacaciones
  • El cálculo de SBC
  • El módulo conexión en línea con INFONAVIT
  • El Archivo cfg para dispersión de nómina con banco Azteca

 

Puedes consultar todos los escenarios, ejemplos de cálculo de cada punto en la carta técnica desde aquí.

Te recomiendo ampliamente realizar la actualización de tu sistema.

 

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