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¿Cómo funcionan los canales de comunicación con las autoridades?

¿Cómo funcionan los canales de comunicación con las autoridades?

Existen varios canales para mantener esta comunicación



Diciembre 13, 2022 | 11:00 am

Mantener canales abiertos con las autoridades, permite poder enterarte a tiempo de las acciones que como contribuyentes tenemos que realizar ante las mismas, saber lo que requieren de nosotros y a veces también para comunicarles de lo que deseamos que sepan.

Existen varios canales para mantener esta comunicación, unos generales (para todos los contribuyentes al mismo tiempo), y otros particulares (directo entre la autoridad y el contribuyente).

Las diferentes autoridades mantienen canales similares en operación.

Entre los canales generales podemos encontrar:

  • Las páginas WEB institucionales que publican noticias, tutoriales, etc
  • Los correos masivos (electrónicos y tradicionales), en los que la autoridad comunica mensajes personalizados de interés general

Entre los canales particulares debemos poner especial atención al Buzón Tributario. Este mecanismo lo ponen las autoridades en su páginas web (principalmente el SAT), y el contribuyente debe activarlos (o bien actualizar la información en caso de ya haberlo activado) proporcionando por lo menos un correo electrónico y un teléfono.

En él, la autoridad pública avisos, recibe escritos de los contribuyentes, permite realizar diversos trámites y entrega acuses de recepción. El contribuyente debe entrar al buzón tributario para estar al tanto o para enterar a la autoridad.

La forma que las autoridades tienen para avisar al contribuyente que necesita entrar por alguna notificación a dicho buzón, es por medio de un mensaje al correo electrónico o teléfono proporcionado por el contribuyente al momento de activarlo. El contribuyente deberá entrar a este buzón por medio de la “contraseña” o bien con la “E-Firma”, lo que mantiene la comunicación privada entre la autoridad y el contribuyente.

En estas fechas cobra especial relevancia este Buzón Tributario, ya que la fecha límite para activarlo es el día 31 de diciembre de 2022, de no hacerlo se corre con el riesgo de ser multado por este motivo en el 2023.

En buddysis podemos apoyarte con este y otros canales de comunicación con las autoridades, consúltanos, estamos para apoyarte en nuestra página de Asesoría Fiscal Laboral Financiera y Administrativa.

 

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